Cómo va lo mío – Estado expediente de nacionalidad

«Cómo va lo mío» es la plataforma oficial del Ministerio de Justicia para consultar el estado de tu expediente de nacionalidad española. En esta guía te explicamos qué significa cada estado que puede aparecer, cuánto tarda el proceso en 2026 y qué hacer si tu expediente lleva meses sin moverse.

Cómo consultar tu expediente en «Cómo va lo mío»

La plataforma está disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Para acceder necesitas:

Tu número NIE

El número de identificación de extranjero que figura en tu tarjeta de residencia (empieza por X, Y o Z).

Número de expediente (formato R-XXXXXX/AAAA)

Lo encontrarás en el justificante de presentación de tu solicitud o en el acuse de recibo que te entregaron o enviaron por correo. Si no lo tienes, también puedes buscar tu expediente solo con el NIE en algunos casos.

1
Accede a la sede del Ministerio de Justicia

Ve a sede.mjusticia.gob.es y busca el apartado «Consulta del estado de tramitación de expedientes» o directamente «Cómo va lo mío».

2
Introduce tu NIE y número de expediente

Puedes acceder sin certificado digital, solo con estos datos. Si tienes certificado digital o Cl@ve, el acceso con identificación electrónica da más información y acceso a notificaciones y requerimientos.

3
Lee e interpreta el estado

La plataforma te mostrará el estado actual del expediente. En la sección siguiente te explicamos qué significa cada uno.

⚠️

Recuerda: los datos de «Cómo va lo mío» tienen carácter meramente informativo. La plataforma no siempre se actualiza en tiempo real y puede que tu expediente haya avanzado aunque el estado no haya cambiado. Para notificaciones oficiales y requerimientos con plazo, accede con certificado digital o Cl@ve.

Qué significa cada estado: guía completa

Estos son todos los estados que pueden aparecer en tu expediente y qué debes hacer en cada caso:

Fase 1
Abierto – En tramitación / En trámite

Es el estado más habitual y el que más tiempo dura. Significa que el expediente ha sido admitido a trámite y está en el sistema, pero aún no hay resolución.

Durante esta fase, el Ministerio solicita informes a distintos organismos: Policía Nacional, Registro Central de Penados, Seguridad Social, Agencia Tributaria y, en algunos casos, el CNI. Estos informes no se solicitan todos a la vez, lo que puede generar esperas largas aunque el estado no cambie.

Qué hacer: Esperar. Si llevas más de 12 meses en este estado sin cambios, considera las opciones que te explicamos más adelante.

Fase 2
Abierto – Registrado / Pendiente de informes

El expediente ha sido admitido y asignado oficialmente. El Ministerio está recabando los informes internos necesarios de otros organismos para evaluar tu solicitud.

Es una buena señal: significa que el expediente avanza. El tiempo en esta fase depende de la velocidad con que respondan los organismos consultados.

Qué hacer: No hay nada pendiente por tu parte. Solo esperar.

⚠️ Acción requerida
Abierto – Requerido / Requerimiento

El Ministerio te solicita documentación adicional o ha detectado un error o deficiencia en tu expediente. Tienes un plazo de 10 días hábiles para aportar lo que se te pide.

Si no respondes en plazo, el expediente puede archivarse. El requerimiento aparece como una notificación oficial: para verlo completo necesitas acceder con certificado digital o Cl@ve.

Qué hacer: Accede con certificado digital, lee el requerimiento completo y aporta la documentación solicitada antes de que venza el plazo. Si tienes dudas sobre qué aportar, consulta con un abogado especialista.

Fase 3
En calificación

El expediente está completo con todos los informes recibidos y un funcionario calificador está revisando tu caso para dictar la resolución. Es la fase previa a la concesión o denegación.

Es una señal muy positiva: indica que el expediente está en las últimas etapas antes de resolverse. Suele durar entre pocas semanas y varios meses.

Qué hacer: Esperar. No hay nada pendiente por tu parte. Mantén actualizado tu permiso de residencia vigente.

✓ Concedida
Concedido / Resuelto favorable

¡La nacionalidad española ha sido concedida! Este es el estado final positivo. Recibirás una notificación formal del Ministerio de Justicia con los pasos siguientes.

El siguiente paso es la jura o promesa ante la Constitución, que debe realizarse en el plazo de 180 días desde la notificación. Si no lo haces en ese plazo, la concesión caduca.

Qué hacer: Pide cita para la jura cuanto antes en el Registro Civil o notaría. No superes los 180 días.

✗ Denegada
Denegado / Resuelto desfavorable

La solicitud ha sido denegada. La resolución de denegación debe incluir los motivos concretos. Los más habituales son: antecedentes penales, documentación insuficiente o no acreditar el tiempo de residencia exigido.

Qué hacer: Tienes 1 mes para interponer un recurso de alzada ante el Ministerio, o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Consulta urgentemente con un abogado especialista.

Flujo habitual del expediente:

En tramitación

Pendiente de informes

En calificación

Concedido

Plazos reales en 2026

El plazo legal que tiene la Administración para resolver es de 12 meses desde la presentación del expediente completo (RD 1004/2015). En la práctica, los tiempos reales en 2026 son:

Situación Plazo estimado
Expediente bien documentado, presentado con abogado 8 – 14 meses
Expediente correcto, sin incidencias 12 – 18 meses
Expediente con requerimientos o subsanaciones 18 – 24 meses
Expediente atascado o con recurso interpuesto Más de 24 meses
ℹ️

Gracias a la digitalización y al Plan de Choque del Ministerio, muchos expedientes presentados correctamente se resuelven hoy en menos de un año. Sin embargo, los expedientes con errores, documentos mal escaneados o antecedentes que requieren comprobación adicional siguen siendo los que más tardan.

¿Qué hacer si el expediente no avanza?

Si tu expediente lleva más de 12 meses sin cambios en «Cómo va lo mío», tienes varias opciones:

1
Verifica si hay requerimientos pendientes sin responder

Accede con certificado digital o Cl@ve a la sede electrónica y revisa si existe alguna notificación o requerimiento que no hayas visto. Es el motivo de parálisis más frecuente.

2
Presenta un escrito de impulso del procedimiento

A través de la sede electrónica puedes presentar un escrito solicitando información sobre el estado de tu expediente y urgiendo su resolución. Queda registrado oficialmente.

3
Recurso contencioso-administrativo (tras 12 meses)

Si han transcurrido más de 12 meses sin resolución, puedes interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional por inactividad de la Administración. En la práctica, suele acelerar significativamente la resolución.

Mantén tu residencia vigente mientras esperas. Es fundamental que tu permiso de residencia no caduque durante la tramitación. Renuévalo si es necesario aunque tengas la solicitud de nacionalidad en curso.

Otras formas de consultar el estado de tu expediente

💻

Sede electrónica con certificado digital

Más completa que «Cómo va lo mío». Permite ver notificaciones, requerimientos, descarga de documentos y presentar escritos. Accede en sede.mjusticia.gob.es.

📱

Consulta por SMS

Envía un SMS con el texto EXPE [número de expediente] al 651 714 610 (sin coste adicional). También puedes enviar NIE [tu NIE] para consultar por número de identificación.

📞

Teléfono de atención

Puedes llamar al 902 02 22 22 para consultar el estado. El sistema es automático y proporciona información básica.

¿Qué pasa después de la concesión?

Cuando el estado cambia a «Concedido», el proceso no ha terminado. Aún quedan pasos importantes:

1
Jura o promesa ante la Constitución — plazo de 180 días

Es el acto formal que convierte la concesión en efectiva. Se realiza ante el Registro Civil, notaría o consulado. Si no lo haces en 180 días desde la notificación, la concesión caduca.

2
Inscripción en el Registro Civil

Tras la jura, se inscribe la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil Central. Este trámite puede llevar varias semanas.

3
Solicitud del DNI y pasaporte españoles

Una vez inscrita la nacionalidad, puedes solicitar tu DNI en cualquier comisaría de Policía Nacional y tu pasaporte español. Con ellos serás oficialmente ciudadano español de pleno derecho.

¿Tu expediente lleva meses parado sin respuesta?

Nuestros abogados especialistas pueden revisar tu caso, identificar el problema y actuar para acelerar la resolución.

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Preguntas frecuentes


¿Cuánto tarda la nacionalidad española en 2026?
El plazo legal es de 12 meses desde la presentación del expediente completo. En la práctica, los expedientes bien documentados y presentados con asistencia profesional se resuelven en 8-14 meses. Sin asesoramiento o con errores documentales, los plazos pueden alargarse hasta 18-24 meses. Si superas los 12 meses sin resolución, puedes interponer un recurso contencioso-administrativo.

¿Qué significa «pendiente de tramitar» o «el expediente está pendiente de tramitar»?
Es una variante del estado «en tramitación». Indica que el expediente está en el sistema y a la espera de ser asignado a un funcionario calificador o de que se completen los informes de otros organismos. Es un estado normal al inicio del proceso. Si se mantiene más de un año sin cambios, conviene revisar si hay requerimientos sin responder o presentar un escrito de impulso.

No encuentro mi expediente en «Cómo va lo mío», ¿qué hago?
Comprueba que estás introduciendo correctamente el NIE y el número de expediente (formato R-XXXXXX/AAAA). Si la solicitud fue presentada hace poco, puede tardar unos días en aparecer en el sistema. Si presentaste la solicitud de forma presencial en un Registro Civil, es posible que el expediente aún no haya sido digitalizado. En ese caso, contacta directamente con el Registro Civil donde la presentaste.

Mi expediente lleva meses en «en tramitación» sin cambios, ¿es normal?
Sí, es habitual. El estado «en tramitación» puede mantenerse durante muchos meses mientras el Ministerio recaba los informes internos de distintos organismos. La plataforma no siempre se actualiza con cada movimiento interno. Lo importante es comprobar que no hay requerimientos pendientes de responder. Si llevas más de 12 meses sin ningún cambio, considera presentar un escrito de impulso o valorar el recurso contencioso.

Me ha llegado un requerimiento, ¿cuánto tiempo tengo para responder?
El plazo habitual para responder a un requerimiento es de 10 días hábiles desde la notificación. Si no respondes en ese plazo, el expediente puede archivarse. Accede a la sede electrónica con certificado digital para ver el contenido completo del requerimiento y respóndelo a través del mismo canal. Si tienes dudas sobre qué aportar, consulta con un abogado antes de que venza el plazo.

Mi expediente aparece como «concedido» pero no he recibido notificación, ¿qué hago?
Accede inmediatamente a la sede electrónica con certificado digital o Cl@ve. La notificación oficial puede estar disponible en tu buzón electrónico aunque no hayas recibido carta física. Desde el momento en que la notificación está disponible para ser recogida, empieza a correr el plazo de 180 días para hacer la jura. No lo demores.

¿Dónde encuentro el número R de mi expediente?
El número de expediente (formato R-XXXXXX/AAAA) figura en el justificante de presentación que recibiste al presentar la solicitud telemáticamente, ya sea por correo electrónico o descargado desde la sede electrónica. Si no lo encuentras, puedes acceder a «Cómo va lo mío» solo con tu NIE y buscar el expediente asociado, o contactar con el Ministerio de Justicia.

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