Trámite nacionalidad española por carta de naturaleza

Trámite

¿Qué es la nacionalidad española por carta de naturaleza?

La nacionalidad española por carta de naturaleza es una forma de adquisición de la nacionalidad española en la que la concesión de la  nacionalidad no está sujeta a las normas del procedimiento administrativo sino que es una concesión graciosa del gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales en el sujeto que la solicita.

¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad española por carta de naturaleza?

La nacionalidad por carta de naturaleza pueden solicitarla:

  • El interesado mayor de 18 años o menor emancipado, por sí mismo.
  • El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
  • Un representante legal del menor de 14 años.
  • El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

¿En qué lugar puedo presentar la solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza?

La solicitud  de nacionalidad española por carta naturaleza debe dirigirse a la Dirección General del Registro y del Notariado-Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil y puede presentarse en el Registro de cualquier órgano de la Administración o en cualquier oficina de correos, así como en el registro civil de su domicilio.

En el caso de que el solicitante resida fuera de España, puede presentarla en la oficina consular correspondiente a su lugar de residencia.

¿ Qué documentos  deben acompañar a la solicitud de nacionalidad española por carta de naturaleza?

Los documentos necesarios que deben acompañar a la solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza son:

  • Formulario de solicitud de nacionalidad.
  • Certificado literal de nacimiento.
  • El certificado de antecedentes penales del país de origen.
  • Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores mayores de edad.
  • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales.
  • Otros documentos que el interesado estime oportunos.

En el caso de documentos extranjeros deben estar legalizados, apostillados y en su caso traducidos.

¿Qué trámites debo realizar después de la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza?

Tras la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza tendrá un plazo de 180 días para prestar juramento o promesa de fidelidad al Rey, y obediencia a la Constitución y a las leyes, para declarar renunciar a su nacionalidad (excepto los nacionales de  países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal) e inscribir la adquisición en el Registro Civil español.

Video youtube resumen nacionalidad por carta de naturaleza

Si quieres que realizemos este u otros trámites de extranjería por tí desde inmigrantes.net podemos hacerlo, solo ponte en contacto!

¿Quieres más información y ayuda con los trámites?

Si te ha resultado de ayuda puedes compartir en tus redes sociales!

Twitter
LinkedIn
Pinterest
WhatsApp
Reddit
Telegram