Revisado el 19 de agosto de 2026

Trabajo por cuenta propia en España

Autorización para establecerte en España y desarrollar tu propia actividad profesional, comercial o empresarial. Consulta los requisitos del proyecto, inversión, licencias, EX-07, tasas, visado y renovación.

Hoja 14 EX-07 RD 1155/2024

En la autorización inicial eres tú quien presenta la solicitud. A diferencia del trabajo por cuenta ajena, no necesitas que una empresa española presente un EX-03 para contratarte. Aquí debes demostrar que tu propia actividad cumple los requisitos y es viable.

Hoja 14

¿Qué es el permiso de trabajo por cuenta propia?

Es una autorización de residencia temporal y trabajo para una persona extranjera que no reside en España y pretende desarrollar una actividad lucrativa por cuenta propia.

Tu propia actividad

Puede tratarse de una actividad profesional, comercial o empresarial siempre que cumpla los requisitos que correspondan.

Formulario EX-07

La solicitud inicial la presenta personalmente la propia persona extranjera.

Se inicia desde el exterior

La vía inicial ordinaria se tramita en la Oficina Consular española correspondiente al lugar de residencia.

Autorización inicial

Requisitos para trabajar por cuenta propia

1

No estar sometido al régimen de ciudadanos de la Unión.

2

No encontrarse irregularmente en territorio español.

3

Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido durante los cinco años anteriores.

4

No figurar como rechazable en los territorios en que resulte aplicable esta condición.

5

No encontrarse dentro de un compromiso de no retorno cuando proceda.

6

No representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.

7

Cumplir los requisitos de apertura y funcionamiento que la normativa española exige para la actividad proyectada.

8

Disponer de la cualificación o experiencia necesaria y, cuando corresponda, homologación, reconocimiento o colegiación.

9

Acreditar una inversión suficiente para implantar el proyecto.

10

Justificar la incidencia del proyecto en la creación de empleo, incluyendo como empleo el propio autoempleo.

11

Abonar las tasas correspondientes al procedimiento.

La clave del expediente

Proyecto e inversión para trabajar por cuenta propia

No basta con indicar que quieres hacerte autónomo. Debes acreditar que la actividad puede implantarse y que la inversión prevista es suficiente para el proyecto.

Inversión

No existe una cifra única para todos

La cuantía necesaria depende de la actividad. Lo que exige la normativa es acreditar que la inversión prevista es suficiente para implantar el proyecto concreto.

Actividad

Debe poder abrir y funcionar legalmente

Hay que identificar permisos, licencias, comunicaciones o requisitos profesionales necesarios para desarrollar la actividad.

Empleo

Se valora también el autoempleo

La incidencia en creación de empleo puede incluir el puesto de trabajo que genera para sí misma la propia persona solicitante.

Valoración

Pueden aportarse informes especializados

La Hoja 14 admite, entre otros medios de prueba, informes de valoración emitidos por organizaciones de autónomos reconocidas.

Organizaciones citadas expresamente por Migraciones como ejemplo:
ATA UPTA CIAE OPA UATAE
No es obligatorio acreditar el proyecto exclusivamente mediante una de estas organizaciones; pueden utilizarse otros medios admisibles en Derecho.
Según la actividad

Licencias, permisos y declaración responsable

La documentación cambia en función del negocio o profesión que quieras desarrollar.

Comercio y determinados servicios

Locales de hasta 750 m²

Para determinadas actividades incluidas en la Ley 12/2012 desarrolladas en establecimientos permanentes de hasta 750 m² puede aportarse la declaración responsable o comunicación previa que corresponda.

Resto de actividades

Autorizaciones y licencias necesarias

Debe relacionarse qué autorizaciones o licencias exige la instalación, apertura, funcionamiento o ejercicio profesional, indicando el estado de su tramitación.

Profesión regulada

Titulación y colegiación

Si la profesión lo exige, debe acreditarse capacitación, homologación o reconocimiento de la titulación y, cuando proceda, colegiación.

Prepara el expediente

Documentación para el EX-07

Formulario EX-07 debidamente cumplimentado y firmado.

Pasaporte completo o título de viaje en vigor.

Certificado de antecedentes penales de los países en los que se haya residido durante los últimos cinco años anteriores a la entrada en España.

Licencias, autorizaciones, declaraciones responsables o comunicaciones previas según la actividad.

Documentación sobre capacitación y cualificación profesional cuando sea necesaria.

Prueba de la inversión prevista y de su suficiencia para poner en marcha el proyecto.

Documentación sobre el proyecto y su incidencia en el empleo.

Documentación extranjera: puede requerir traducción jurada, legalización o Apostilla de La Haya, salvo que resulte aplicable una exención internacional.

Solicitud inicial

Cómo solicitar el trabajo por cuenta propia

1

Define tu actividad

Determina qué actividad vas a desarrollar, dónde y qué requisitos administrativos y profesionales necesita.

2

Prepara proyecto e inversión

Acredita que dispones de recursos suficientes para poner la actividad en funcionamiento.

3

Completa el EX-07

Adjunta pasaporte, antecedentes, licencias, cualificación y documentación del proyecto.

4

Presenta personalmente en el consulado

La autorización inicial se presenta en la Oficina Consular española correspondiente a tu lugar de residencia.

5

Abona las tasas

Se devengan al presentar la solicitud y deben abonarse dentro del plazo oficial.

6

Espera la resolución

El plazo máximo para resolver la autorización inicial es de tres meses.

7

Solicita y recoge el visado

Si se concede la autorización, dispones de un mes para solicitar personalmente el visado.

8

Entra en España y date de alta

Tras la entrada dispones de tres meses para que se produzca la afiliación, alta y cotización en Seguridad Social.

9

Solicita la TIE

Dentro del mes siguiente al alta en Seguridad Social debes solicitar personalmente la tarjeta.

790-052 Epígrafe 2.1.3

Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y/o propia.

790-062 Epígrafe 3.3.1

Autorización de trabajo por cuenta propia cuando corresponda por su duración.

10 días hábiles Abono de tasas

Plazo indicado por la Hoja 14.

3 meses Resolución inicial
Desestimatorio Silencio inicial
1 mes Solicitar visado
1 mes Resolución del visado
3 meses Vigencia del visado para entrar
3 meses Alta SS desde la entrada
1 mes TIE desde el alta
Autorización inicial 1 año

Es la duración de la autorización inicial por cuenta propia.

Ámbito geográfico Comunidad autónoma

La autorización inicial queda limitada a un ámbito geográfico autonómico.

Actividad Sector concreto

La autorización inicial también se limita al sector de actividad autorizado.

Hoja 15

Renovación del trabajo por cuenta propia

No es imprescindible que todos los casos de renovación respondan exactamente a la misma situación. El Reglamento contempla varias alternativas.

01

Continúas con la actividad

Puedes renovar si mantienes la actividad que dio origen a la autorización y has cumplido tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

02

Medios de un familiar

Puede existir renovación cuando un familiar reagrupable dispone de los medios económicos necesarios para reagruparte.

03

Cese de actividad

También se contempla ser beneficiario de la protección por cese de actividad.

04

Autónomo económicamente dependiente

Se contempla la interrupción o extinción del contrato por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora autónoma.

05

Violencia de género o sexual

El régimen contempla específicamente determinadas situaciones que afecten a una trabajadora autónoma económicamente dependiente.

06

Prestaciones públicas

Determinadas prestaciones contributivas o asistenciales destinadas a inserción social o laboral también pueden resultar relevantes para renovar.

EX-07 Formulario de renovación
Mercurio Presentación telemática
2 meses antes Periodo ordinario
3 meses después También puede presentarse
3 meses Plazo de resolución
Estimatorio Silencio de renovación
La gran diferencia tras renovar

La renovación dura 4 años y ya no te limita solo a cuenta propia

La autorización renovada habilita para trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena, en cualquier parte del territorio nacional y en cualquier sector de actividad.

790-052 Epígrafe 2.2.3
790-062 Epígrafe 3.3.2
4 años Vigencia renovada
1 mes TIE tras la renovación

Esfuerzo de integración: si no puedes acreditar alguno de los requisitos exigidos, la Hoja 15 contempla que pueda aportarse para valoración un informe positivo de esfuerzo de integración emitido por la comunidad autónoma.

Elige la autorización correcta

Cuenta propia o cuenta ajena

Cuenta ajena

Una empresa quiere contratarte

La solicitud inicial la presenta el empleador y existen requisitos específicos sobre contrato y situación nacional de empleo.

Ver trabajo por cuenta ajena →
Ya estás en España

Puede corresponder otra vía

La autorización inicial ordinaria por cuenta propia está configurada para una persona no residente. Si ya estás en España, comprueba modificaciones, arraigo u otra autorización aplicable.

Ver tipos de residencia →
Fuentes oficiales

Normativa utilizada

La actividad concreta determina buena parte de las licencias, cualificaciones e inversión que deberás acreditar. Comprueba siempre tu caso con las fuentes oficiales.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre trabajo por cuenta propia

¿Qué formulario se utiliza para el trabajo por cuenta propia?

La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia utiliza el formulario EX-07.

¿Quién presenta la solicitud?

La solicitud inicial la presenta personalmente la propia persona extranjera ante la Oficina Consular española correspondiente a su lugar de residencia.

¿Puedo pedir este permiso estando ya en España?

La autorización inicial ordinaria por cuenta propia está prevista para una persona extranjera no residente en España y su solicitud se presenta en el consulado. Si ya estás en España puede corresponder una modificación u otra autorización distinta.

¿Cuánto dinero necesito invertir?

La Hoja 14 no establece una cantidad única válida para todos los negocios. Exige acreditar que la inversión prevista es suficiente para poner en marcha el proyecto concreto.

¿Necesito crear puestos de trabajo?

Debe acreditarse la incidencia, en su caso, del proyecto en la creación de empleo. La propia norma indica que el autoempleo también se considera creación de empleo a estos efectos.

¿Necesito tener todas las licencias antes de solicitar?

Depende de la actividad. Para determinados supuestos puede utilizarse declaración responsable o comunicación previa. En otros casos deben identificarse las licencias necesarias y el estado de los trámites para obtenerlas.

¿Cuánto tarda Extranjería en resolver?

El plazo máximo de resolución de la autorización inicial es de tres meses y el silencio administrativo es desestimatorio.

¿Cuánto dura el permiso inicial?

La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia tiene una duración de un año.

¿El permiso inicial sirve para trabajar en toda España?

La autorización inicial queda limitada a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad.

¿Cuánto dura la renovación?

La renovación tiene una vigencia de cuatro años, salvo que corresponda ya obtener una autorización de residencia de larga duración.

¿Después de renovar puedo trabajar también por cuenta ajena?

Sí. La autorización renovada permite trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena, en cualquier parte de España y en cualquier sector.

¿Qué ocurre si no responden a la renovación en tres meses?

En la renovación, transcurrido el plazo de tres meses sin notificación, la solicitud puede entenderse estimada por silencio administrativo.

Antes de presentar el EX-07

Comprueba que el proyecto, inversión y licencias sean coherentes

La viabilidad del expediente depende de la actividad concreta que pretendes desarrollar, no de una cifra genérica de inversión.

Consultar Hoja 14

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