Residencia para familiares de españoles
El nuevo Reglamento regula una autorización específica para determinados familiares extranjeros de personas con nacionalidad española. Consulta quién puede solicitarla, el formulario EX-24 y cómo cambia el procedimiento según dónde se encuentre cada familiar.
Esta autorización sustituyó buena parte del antiguo uso del arraigo familiar para familiares de españoles. Si buscas residencia por ser cónyuge, pareja, hijo, padre o madre de una persona española, no debes asumir que corresponde solicitar el actual arraigo familiar.
¿Qué familiares de españoles pueden solicitar esta residencia?
La autorización es más amplia que el antiguo arraigo familiar. El Reglamento contempla varios tipos de vínculo familiar.
Cónyuge
Cónyuge mayor de 18 años cuando el matrimonio continúe vigente y no haya sido celebrado en fraude de ley.
Pareja registrada
Pareja mayor de 18 años inscrita en un registro público admitido y cuya inscripción continúe vigente.
Pareja estable no registrada
Se puede acreditar una relación estable. Como regla general se exige una convivencia análoga a la conyugal durante al menos 12 meses continuados, salvo determinados casos con descendencia común.
Hijos menores de 26 años
Hijos del español o de su cónyuge o pareja en los términos previstos, menores de 26 años.
Hijos mayores de 26 años
Pueden incluirse determinados hijos mayores de esa edad cuando estén a cargo o tengan una discapacidad que requiera apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Padres y otros ascendientes directos
Determinados ascendientes de primer grado pueden acceder cuando acreditan estar a cargo y carecer de apoyo familiar en origen o concurren razones humanitarias.
Padre, madre o tutor de menor español
El progenitor o tutor debe tener al menor a su cargo y convivir con él o encontrarse al corriente de sus obligaciones respecto al menor.
Familiar cuidador hasta segundo grado
Puede incluirse un único familiar hasta segundo grado que realice o vaya a realizar los cuidados de una persona española con un grado de dependencia reconocido.
Hijos de padre o madre español de origen
El Reglamento mantiene expresamente este supuesto dentro de la autorización para familiares de españoles.
Otros miembros de la familia a cargo
Pueden entrar otros familiares no incluidos anteriormente cuando se acredita de forma fehaciente que se encuentran a cargo.
El vínculo por sí solo no basta. En algunos supuestos hay que acreditar convivencia, dependencia económica, estar a cargo, ausencia de apoyo familiar, discapacidad u otras circunstancias específicas.
¿EX-24 o tarjeta de familiar comunitario EX-19?
Que tu familiar sea español no significa que siempre se utilice exactamente el mismo régimen.
Familiares de personas españolas
Es el formulario de la autorización específica regulada por los artículos 93 a 98 del Reglamento de Extranjería.
Consultar Hoja 18Familiar de ciudadano de la Unión
Si la persona española ha ejercido el derecho de libre circulación, puede resultar aplicable el régimen comunitario de familiar de ciudadano de la Unión.
Comprobar Hoja 62No intercambies EX-24 y EX-19. Antes de preparar documentación conviene determinar si tu caso se encuentra bajo el régimen específico de familiares de españoles o bajo el régimen de libre circulación de la Unión.
Requisitos de la residencia para familiares de españoles
Ser extranjero no ciudadano UE, EEE o Suiza.
Mantener un vínculo familiar de los contemplados por el Reglamento con una persona de nacionalidad española.
Carecer de antecedentes penales en España y, cuando corresponda, en los países de residencia anteriores.
No figurar como rechazable en los territorios para los que resulte aplicable esta condición.
No estar sometido a un compromiso de no retorno cuando resulte aplicable.
No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
Acreditar convivencia, dependencia, cuidado o estar a cargo cuando el supuesto concreto lo requiera.
Conservar el vínculo familiar que sirve de fundamento a la autorización, salvo los supuestos y excepciones previstos legalmente.
Documentación para el EX-24
La documentación concreta cambia según el tipo de familiar y las circunstancias que haya que acreditar.
Formulario EX-24 debidamente cumplimentado y firmado.
DNI o pasaporte vigente de la persona española.
Pasaporte o título de viaje del familiar extranjero.
Documentación que acredite el vínculo familiar: certificado de matrimonio, nacimiento, inscripción de pareja u otro documento que corresponda.
Antecedentes penales, cuando deban aportarse conforme a las circunstancias de presentación.
Pruebas de estar a cargo, dependencia o convivencia en los supuestos en los que se exijan.
Pruebas específicas de pareja estable si la relación no está inscrita.
¿Quién presenta la solicitud y dónde?
No hay un único recorrido. Depende de si la persona española y el familiar extranjero están en España o en el extranjero.
Español en España y familiar en el extranjero
La persona española puede presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería correspondiente, también por los canales telemáticos admitidos.
Si se concede, el familiar extranjero deberá realizar posteriormente el trámite consular correspondiente.
Ambos familiares están fuera de España
El familiar extranjero puede presentar la solicitud ante la Oficina Consular española competente cuando ambos pretenden establecer su residencia real en España.
Ambos se encuentran ya en España
Determinados familiares pueden solicitar la autorización desde España. No todos los supuestos del artículo 94 tienen exactamente la misma regla, por lo que conviene comprobar la Hoja 18.
Comprueba qué apartado del régimen familiar corresponde a tu caso.
No prepares EX-19 si tu caso no corresponde al régimen comunitario.
Oficina de Extranjería, consulado o canal telemático según el supuesto.
El plazo oficial de resolución de la autorización es de dos meses.
Después de la concesión o entrada, según el caso, debe solicitarse la tarjeta dentro del plazo previsto.
La solicitud de esta autorización tiene carácter gratuito. Esto no debe confundirse con las posibles tasas correspondientes a la posterior expedición de documentación como la TIE.
Algunos familiares pueden trabajar provisionalmente
La presentación desde España permite permanecer provisionalmente durante la tramitación. Además, en determinados supuestos —como cónyuge, pareja y determinados descendientes— la normativa prevé habilitación provisional para desarrollar actividad laboral o profesional.
Duración, trabajo y renovación
Plazo de resolución
Es el plazo establecido para resolver la autorización desde el momento que corresponda según el procedimiento.
Silencio administrativo
Transcurrido el plazo sin respuesta, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.
Duración máxima
Con carácter general puede concederse por cinco años, o por el periodo previsto de residencia del familiar español cuando éste sea inferior.
Derecho a trabajar
Durante su vigencia permite trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte de España, ocupación o sector, siempre que se mantengan las condiciones.
Tarjeta de Identidad de Extranjero
La persona extranjera debe solicitar personalmente la TIE dentro del plazo previsto tras la concesión o entrada en España, según corresponda.
Si se concedió por menos de cinco años
Puede solicitarse la renovación si se mantienen las condiciones. La normativa contempla presentación en los dos meses anteriores al vencimiento o en los tres meses posteriores.
Familiar de español, arraigo familiar o reagrupación
EX-24
Es esta guía. Se utiliza para los familiares de personas españolas incluidos en el nuevo régimen específico.
Hoja 31
Actualmente se limita a supuestos familiares diferentes, vinculados principalmente a determinados ciudadanos UE, EEE o Suiza.
Ver arraigo familiar →Hoja 8
Es el procedimiento utilizado para determinados familiares de una persona extranjera que ya reside legalmente en España.
Ver reagrupación →Continúa con el trámite
Normativa utilizada en esta guía
La situación concreta puede cambiar la documentación y la forma de presentar. Comprueba siempre la información oficial antes de iniciar el procedimiento.
Dudas sobre la residencia para familiares de españoles
¿Qué formulario se utiliza para familiares de españoles?
La autorización específica para familiares de personas con nacionalidad española utiliza el modelo EX-24.
¿Puedo conseguir residencia por ser cónyuge de un español?
Sí, el cónyuge mayor de 18 años se encuentra entre los familiares incluidos, siempre que el matrimonio continúe vigente y se cumplan los demás requisitos.
¿Una pareja de hecho puede solicitar esta residencia?
Sí. El Reglamento contempla tanto determinadas parejas registradas como parejas estables no registradas. Estas últimas deben acreditar la relación en los términos previstos.
¿Puedo solicitarla por tener un hijo español?
El padre, madre o tutor de un menor español es uno de los supuestos incluidos, siempre que se cumplan las condiciones sobre cuidado, convivencia u obligaciones respecto al menor.
¿Ser hijo de español de origen sigue dando una vía de residencia?
Sí. Los hijos e hijas cuyo padre o madre sean o hubieran sido españoles de origen figuran expresamente entre los supuestos de la autorización para familiares de españoles.
¿La residencia para familiares de españoles permite trabajar?
Sí. Una vez concedida, permite trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia durante su vigencia, dentro de los términos previstos por la normativa.
¿Cuánto dura esta residencia?
Puede concederse por cinco años o por el periodo previsto de residencia en España de la persona española cuando éste sea inferior.
¿Cuánto tarda en resolverse el EX-24?
El plazo oficial para la resolución de la autorización es de dos meses. Si transcurre sin respuesta, se aplica el régimen de silencio administrativo desestimatorio previsto.
¿EX-24 y EX-19 son lo mismo?
No. El EX-24 corresponde al régimen específico de familiares de españoles. El EX-19 corresponde a la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión y puede aplicarse a determinados familiares de españoles cuando se ha ejercido el derecho de libre circulación.
¿La solicitud del EX-24 tiene tasa?
La Hoja 18 indica que el procedimiento de esta autorización tiene carácter gratuito. La posterior expedición de documentación puede estar sujeta a su régimen de tasas correspondiente.
Comprueba primero si te corresponde EX-24 o EX-19
Identificar el régimen correcto evita preparar un formulario y documentación que no corresponden a tu situación.